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Incentivos fiscales
Entre los diversos beneficios que aporta el uso de la energía solar en su casa o negocio, se encuentra la posibilidad de declarar el 100% del costo de la instalación como gasto deducible de impuestos. Así, el artículo 34º de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece una deducción de ‘100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente’.
Esta deducción es válida para una residencia o para un negocio, para una persona física o para una persona moral.
Esta deducción implica que podrá restar de sus ingresos todo lo que haya invertido en paneles solares y equipos relacionados para la generación de energía limpia.
Es necesario que la instalación solar esté en funcionamiento durante al menos los 5 años inmediatos después de que se haya hecho la deducción de impuestos.
La ley advierte que si el contribuyente adquiere equipos y no los utiliza, deberá pagar esos impuestos de forma retroactiva.
La deducción de impuestos opera desde el momento en que se adquieren los equipos y se hace efectiva en el primer año de su declaración.
En su presentación de impuestos deberá incluir cada año una declaración complementaria en la que informa que el sistema se encuentra en operación. Así mismo, está también la posibilidad de deducir impuestos con compras relacionadas con la ampliación de la instalación solar.
INFONAVIT también ofrece a los derechohabientes la posibilidad de solicitar una “Hipoteca verde” que consiste en un monto adicional al crédito otorgado para adquirir una vivienda equipada con ecotecnologías.
El artículo 34º de la Ley del Impuesto sobre la Renta establece una deducción de ‘100% para maquinaria y equipo para la generación de energía proveniente de fuentes renovables o de sistemas de cogeneración de electricidad eficiente’.
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